Solicitudes de admisión:
La solicitud de admisión (Anexo I) está disponible más abajo como documento adjunto y en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Se podrá presentar una única solicitud, que irá dirigida a la ESAD-CLM, y por los siguientes medios:
En cualquier caso es obligatorio presentar al mismo tiempo el justificante del pago de las tasas (50€) o documento que acredite su bonificación (50 %) o exención (100 %).
Acreditación de requisitos:
Conviene que la solicitud (Anexo I), ya se presente de forma presencial o ya telemática, vaya acompañada de la documentación acreditativa que corresponda. De lo contrario, la administración la podrá requerir en cualquier momento o podría ser anulada la solicitud:.
- Documento acreditativo de identidad (DNI, pasaporte)
- Título de Bachiller o certificado de haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años o certificado de haber superado la prueba de madurez para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores en otros cursos.
- Certificado de haber superado la prueba específica de acceso a los estudios superiores de arte dramático en este mismo curso en otra ESAD.
- Título de familia numerosa.
- Documento acreditativo de tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
- Documento acreditativo del reconocimiento como deportista de alto rendimiento.
- Documento acreditativo de la consideración de víctima de acto terrorista.
- Documento acreditativo de la consideración de víctima de violencia de género.
- Acreditación de pertenecer a una familia con renta familiar igual o inferior a la renta que da derecho a la percepción del ingreso mínimo de solidaridad: resolución administrativa de concesión del ingreso mínimo de solidaridad.
Abono de importes para la prueba de acceso:
Antes de presentar la solicitud, la persona solicitante deberá realizar un ingreso utilizando el modelo 046 (Tasas, precios públicos y otros ingresos), disponible en el Portal Tributario de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas (https://portaltributario.jccm.es) – “Oficina electrónica”. (Enlace: portaltributario.jccm.es)
El abono puede hacerse en una oficina de una entidad bancaria o de forma telemática con tarjeta bancaria.
Para la cumplimentación del modelo 046, se tendrán en cuenta los siguientes datos:
- La Consejería u organismo autónomo es Consejería de Educación, cultura y deportes.
- El Órgano Gestor es Servicios Centrales Educación, Cultura y Deportes, cuyo código territorial es EC0001.
- La denominación del concepto será 2032: “Precio público de enseñanza de idiomas, música, danza y diseño”.
- La fecha de devengo será la de cumplimentación del modelo.
- En el apartado “Descripción”, se hará referencia al concepto exacto para el tipo de enseñanza a la que se quiere acceder y practicar la autoliquidación (en este caso, arte dramático). En este apartado se deberá indicar si le es aplicable alguna de las bonificaciones o exenciones reconocidas.
Importe de la prueba, bonificación y exenciones:
El importe de la prueba de acceso (según los precios públicos del anexo I de la Orden 68/2022 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes) es 50 €.
El régimen de exenciones y bonificaciones es el previsto en la citada Orden 68/2022, de 25 de marzo, y se debe consultar con detalle en la Resolución de admisión a la ESAD CLM que se adjunta más abajo. En resumen, es el siguiente:
- El alumnado que sea miembro de una familia numerosa de categoría general tendrá una bonificación del 50 %.
- Estarán exentos del pago de los precios públicos las personas que acrediten alguna de las siguientes circunstancias (Ver detalle en la resolución abajo adjunta):
a) El alumnado que sea miembro de una familia numerosa de categoría especial.
b) Las personas que presenten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
c) El alumnado perteneciente a una familia con renta familiar igual o inferior a la renta que da derecho a la percepción del ingreso mínimo de solidaridad, según lo previsto en la disposición adicional vigesimosexta de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, según se detalla en el documento adjunto abajo.
d) Alumnado que haya sido víctima de actos terroristas o sea hijo, hija o cónyuge no separado legalmente de personas fallecidas o heridas en actos terroristas.
e) Alumnado víctima de violencia de género, así como el alumnado menor de 25 años cuyos progenitores la sufran.
f) Alumnado beneficiario de becas o ayudas al estudio, conforme a lo establecido en el artículo 12 de la citada orden.
g) Alumnado con matrícula de honor y premios extraordinarios, conforme a lo establecido en el artículo 12 de la citada orden.
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