Solicitudes de admisión:

La solicitud de admisión (Anexo I) está disponible más abajo como documento adjunto y en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Se podrá presentar una única solicitud, que irá dirigida a la ESAD-CLM, y por los siguientes medios:

  • De forma presencial, en el registro de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes en Cuenca, así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si la solicitud es remitida por correo, se presentará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por la oficina de Correos.  
  • De forma telemática, con firma electrónica, a través de la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección (pinchar): jccm.es
  • En esta dirección encontrarás toda la información detallada, el propio impreso de solicitud y la podrás presentar ahí mismo.

     En cualquier caso es obligatorio presentar al mismo tiempo el justificante del pago de las tasas (50€) o documento que acredite su bonificación (50 %) o exención (100 %). 

Acreditación de requisitos:

Conviene que la solicitud (Anexo I), ya se presente de forma presencial o ya telemática, vaya acompañada de la documentación acreditativa que corresponda. De lo contrario, la administración la podrá requerir en cualquier momento o podría ser anulada la solicitud:.

- Documento acreditativo de identidad (DNI, pasaporte)

- Título de Bachiller o certificado de haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años o certificado de haber superado la prueba de madurez para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores en otros cursos.

- Certificado de haber superado la prueba específica de acceso a los estudios superiores de arte dramático en este mismo curso en otra ESAD.

- Título de familia numerosa.

- Documento acreditativo de tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

- Documento acreditativo del reconocimiento como deportista de alto rendimiento.

- Documento acreditativo de la consideración de víctima de acto terrorista.

- Documento acreditativo de la consideración de víctima de violencia de género.

- Acreditación de pertenecer a una familia con renta familiar igual o inferior a la renta que da derecho a la percepción del ingreso mínimo de solidaridad: resolución administrativa de concesión del ingreso mínimo de solidaridad.

Abono de importes para la prueba de acceso:

Antes de presentar la solicitud, la persona solicitante deberá realizar un ingreso utilizando el modelo 046 (Tasas, precios públicos y otros ingresos), disponible en el Portal Tributario de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas (https://portaltributario.jccm.es) – “Oficina electrónica”. (Enlace: portaltributario.jccm.es)

El abono puede hacerse en una oficina de una entidad bancaria o de forma telemática con tarjeta bancaria.

Para la cumplimentación del modelo 046, se tendrán en cuenta los siguientes datos:

- La Consejería u organismo autónomo es Consejería de Educación, cultura y deportes.

- El Órgano Gestor es  Servicios Centrales Educación, Cultura y Deportes, cuyo código territorial es EC0001.

- La denominación del concepto será 2032: “Precio público de enseñanza de idiomas, música, danza y diseño”.

- La fecha de devengo será la de cumplimentación del modelo.

- En el apartado “Descripción”, se hará referencia al concepto exacto para el tipo de enseñanza a la que se quiere acceder y practicar la autoliquidación (en este caso, arte dramático). En este apartado se deberá indicar si le es aplicable alguna de las bonificaciones o exenciones reconocidas.

Importe de la prueba, bonificación y exenciones:

El importe de la prueba de acceso (según los precios públicos del anexo I de la Orden 68/2022 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes) es 50 €.

El régimen de exenciones y bonificaciones es el previsto en la citada Orden 68/2022, de 25 de marzo, y se debe consultar con detalle en la Resolución de admisión a la ESAD CLM que se adjunta más abajo. En resumen, es el siguiente:

- El alumnado que sea miembro de una familia numerosa de categoría general tendrá una bonificación del 50 %.

- Estarán exentos del pago de los precios públicos las personas que acrediten alguna de las siguientes circunstancias (Ver detalle en la resolución abajo adjunta):

          a) El alumnado que sea miembro de una familia numerosa de categoría especial.

          b) Las personas que presenten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

          c) El alumnado perteneciente a una familia con renta familiar igual o inferior a la renta que da derecho a la percepción del ingreso mínimo de solidaridad, según lo previsto en la disposición adicional vigesimosexta de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, según se detalla en el documento adjunto abajo.

          d) Alumnado que haya sido víctima de actos terroristas o sea hijo, hija o cónyuge no separado legalmente de personas fallecidas o heridas en actos terroristas.

          e) Alumnado víctima de violencia de género, así como el alumnado menor de 25 años cuyos progenitores la sufran.

          f) Alumnado beneficiario de becas o ayudas al estudio, conforme a lo establecido en el artículo 12 de la citada orden.

          g) Alumnado con matrícula de honor y premios extraordinarios, conforme a lo establecido en el artículo 12 de la citada orden.

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